26 julio, 2024
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La inconstitucionalidad de la reforma laboral: legalizar lo ilegal

El artículo 123 constitucional, apartado A, en sus fracciones I y II, establece la figura jurídica Jornada Laboral (JL), donde se consigna que la misma será de ocho horas y en la modalidad nocturna de siete; además, dicha figura tiene aparejado otros derechos como el día de descanso pagado y, principalmente, garantiza la relación laboral de manera permanente constituyendo el espíritu y filosofía del Constituyente de 1917.

La JL resulta ser también la garantía de la existencia de un periodo de trabajo obligatorio que permite al patrón obtener resultados del trabajo del jornalero o empleado y éste, a su vez, contar con un determinado tiempo obligado que merezca un salario digno, es decir, se garantiza el principio de derecho humano de igual salario por trabajo igual, establecido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Con la propuesta de “trabajo por hora”, los diputados federales desaparecen la figura legal aludida, con lo que se eliminaría -en perjuicio del trabajador- el derecho al día de descanso obligatorio, ya que al “desaparecer” la JL ya no podría establecerse el goce y disfrute del mismo, además se mermarían otros derechos: el de antigüedad, el aguinaldo, primas vacacionales y el reparto de utilidades; aunado a lo anterior, la relación laboral se fijaría por lapsos de tiempo limitados por hora y día impidiendo que la relación laboral sea permanente y, por ende, los reclamos por despido injustificado no tendrían efectos, es decir, el “trabajo por hora” sería una figura jurídica proteccionista para el patrón.

La modalidad de “trabajo por hora” no se encuentra contemplada en la Constitución y va en contra del espíritu del Constituyente, por lo que su regulación en la Ley Federal del Trabajo (LFT) contravendría la Carta Magna de nuestro país; por ello, sin duda alguna, se puede afirmar que la reforma laboral recién aprobada en la Cámara de Diputados y que es resultado del maridaje Calderón/Peña es notoriamente inconstitucional. De hecho, la propia Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal ya emitió su postura al establecer que esta reforma violenta los derechos humanos.

Asimismo, en su artículo 15 se legaliza el outsourcing que se viene implementando en México desde varios años, definido como “aquel por medio del cual un patrón denominado contratista ejecuta obras o presta servicios con trabajadores bajo su dependencia, a favor de otra persona física o moral que resulta beneficiaria de los servicios contratados”. Es previsible y preocupante que se llegara a utilizar este régimen de subcontratación de forma dolosa para “simular” salarios y dar prestaciones menores.

El outsourcing es un anglicismo, es decir, no es una palabra del español, es un vocablo compuesto del inglés que significa: “subcontratación de un servicio externo o subcontrato”, pero en términos mundanos y prácticos consiste en que una empresa contrata trabajadores para laborar en otra; la empresa outsourcing es, pues, una intermediaria.

Un ejemplo: el 46 por ciento de los trabajadores bancarios del país no son contratados directamente por los propios bancos, sino por una empresa intermediaria que los subcontrata. Esta figura ha sido duramente cuestionada desde hace años pasados, ya que también contraviene a la Ley del Seguro Social.

Cabe recordar que en el mes de octubre del 2010 la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que el outsourcing no excluye al patrón solicitante de los servicios del intermediario de las responsabilidades hacia el trabajador, es decir, outsourcing y patrón son responsables solidarios. En otras palabras, uno de los tres poderes de la Unión, el Judicial ya emitió resolución firme sobre tal asunto en base al análisis de nuestra legislación.

Al igual que en el caso del “trabajo por hora”, el outsourcing es una trampa que pretenden legalizar a favor del patrón al atentar contra los derechos laborales del trabajador. La intención obscura del PRI y el PAN es evitar la existencia de una relación laboral permanente, mermando con ello derechos como el de antigüedad -que se suspendería cada vez que la empresa beneficiaria solicite a la empresa outsourcing el retiro del trabajador-, además esto implicaría de facto la imposibilidad de libertad para sindicalizarse.

En los “contratos a prueba” -que también se encuentran incluidos en la reforma del PRIAN-, se establecen periodos de hasta seis meses para poner a prueba a los “trabajadores o capacitados”. Esta vulgar propuesta resulta ser igual un engaño para limitar los derechos laborales y proteger a los empleadores, pudiendo éstos hacer despedidos sin responsabilidad alguna.

El trabajo -una de las actividades de vida fundamentales del ser humano relacionada directamente con su dignidad-, es de tal interés y repercusión social que amerita no una reforma preferente, un albazo o fast track o al vapor, como se hizo en la Cámara de Diputados, sino una discusión amplia y abierta, una gran consulta plebiscitaria donde participe toda la población con derecho a voto para que lo ejerza en este asunto tan importante, ya que impacta a millones de mexicanos incluidos en la Población Económicamente Activa y a las generaciones por venir.

La pretendida reforma –aún falta que pase a votación en el Senado de la República, donde esperamos sí haya una verdadera discusión y debate de tema tan trascendental para millones de mexicanos- abre la etapa más cruel del neoliberalismo salvaje: la mercantilización extrema del trabajo; operarán a placer las funestas reglas del dejar hacer dejar pasar dejando en la indefensión a millones de mexicanos.

También se puede anticipar un desplome en los ya de por sí bajos niveles salariales, tomando en cuenta que la demanda de trabajo sigue creciendo sin importar que no se otorguen prestaciones sociales –así lo demuestra una encuesta levantada por el INEGI y una encuestadora nacional donde más del 50 por ciento de la población está dispuesta a ser contratada sin que le otorguen ninguna prestación-.

Así, el precepto constitucional de ingreso digno y suficiente será aún más inalcanzable, un sueño muy lejano. Queda claro que el PRI y PAN están ubicados en el mismo espacio de la geografía política de México: la ultraderecha, una ideología que toma cuerpo en un grupo político que vela solamente por el interés de una minoría privilegiada.