El día 13 de octubre pasado, el Senado de la Republica, como cámara de origen y a iniciativa del Ejecutivo Federal, aprobó un dictamen con proyecto de decreto por el cual se reforman y adicionan los artículos 107 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de justicia laboral; reforma que representará un cambio profundo en la impartición de justicia laboral en nuestro país, dando paso a un nuevo sistema de justicia en la materia.
Esta reforma sigue aún en su procedimiento constitucional, está pendiente su análisis y aprobación por parte de la Cámara de Diputados y posterior aprobación, de ser el caso, de las mayoría de legislaturas locales. No dudo que habrá algunos cambios y adecuaciones de aquí a su sanción, pero creo firmemente que el fondo de la reforma será el original, por tanto este nuevo sistema de justicia en materia laboral es inminente, sólo nos resta saber cuándo será una realidad, así como los detalles de su implementación.El cambio toral de esta reforma lo es la mudanza de poder de la jurisdicción laboral, esta pasará del poder ejecutivo al poder judicial, federal y estatales, respectivamente. Desaparecerán las Juntas de Conciliación y Arbitraje dependientes del poder ejecutivo, para dar paso al surgimiento de juzgados, salas y tribunales en materia laboral, circunscritos al poder judicial. El poder ejecutivo mantendrá la función de la conciliación, la cual deberá volverse una realidad y no una pantomima.
No es secreto que las Juntas de Conciliación y Arbitraje, en todo el país, hoy día, son áreas aletargadas; abrumadas por la carga de trabajo y controladas por cofradías sindicales o de abogados “especializados” en el ramo, que no imparten justicia, o no cabalmente. Es preciso aclarar que el problema no es el factor humano, o no primordialmente, este es de carácter institucional, por tanto la reingeniería constitucional planteada deberá llevarnos a elevados grados de impartición de justicia laboral, con el recurso humano hoy existente.
Para el aterrizaje de la reforma en cuestión faltan como mínimo 2 años, considerando el tiempo que tome la cámara revisora para su estudio y análisis, más el proceso de las legislaturas locales como parte del constituyente permanente, así como el año que se dará al ejecutivo federal y a las entidades de la república para que hagan las reformas legales e institucionales necesarias para su correcta implementación.
Como en su momento lo señalé, es inminente este nuevo sistema de justicia laboral en nuestro país, falta mucho por conocer, es cierto, pero creo sería importante que los poderes de nuestro Estado metieran en su agenda, a mediano plazo, el estudio de este importante giro en la justicia laboral, que sin duda traerá muchos beneficios tanto a los trabajadores como a los patrones michoacanos.
Me atrevo a decir que esta reforma es solo ligeramente de menor envergadura que la relativa al nuevo sistema de justicia penal, claro, con menores necesidades financieras ni tantas reticencias al cambio.
Nos guste o no, la jurisdicción laboral, al depender del poder ejecutivo, ha sido considerada jurisdicción de Segunda División, esta reforma significará el ascenso a Primera. Celebro este cambio paradigmático en la justicia laboral, y hago votos porque este giro sea el inicio de la concentración de todas las jurisdicciones especiales bajo el manto del poder judicial.
Otro sí: Medalla Belisario Domínguez para Gonzalo Rivas. Héroe de Chilpancingo.