7 febrero, 2025
ROTATIVO DIGITAL

Habrá curso-taller sobre Oralidad Penal en Tacámbaro

Para el 14 y 15 de abril del año en curso, el Colegio de Abogados de Tacámbaro, presidido por el litigante Ricardo Gómez, también tiene contemplado un importante curso-taller sobre Oralidad Penal, indispensable para entender al Nuevo Sistema de Justicia Penal (NSJP).

Continuando con su programa de capacitación en diversas materias jurídicas, el Colegio de Abogados de Tacámbaro ofrecerá un interesante curso-taller en el ámbito de la Oralidad Penal, el cual se efectuará los días 14 y 15 de abril en la sala audiovisual del albergue posada María la del Hospital de esta ciudad.

El presidente del Colegio de Abogados de Tacámbaro, Ricardo Gómez, informa que las inscripciones están disponibles a los teléfonos 44 31 015342 y el 459 1018185.

La implementación de los juicios orales en México, en materia penal, implica principalmente una tarea de planeación estratégica de políticas públicas, que comprende básicamente los siguientes tres rubros:

a) Adecuación de la legislación secundaria. En este rubro mínimamente es necesario modificar diez ordenamientos legales: 1) Ley de Seguridad Pública; 2) Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; 3) Ley Federal de Delincuencia Organizada; 4) Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 5) Código penal; 6) Código Federal de Procedimientos Penales; 7) Ley de Amparo; 8) Ley de Justicia para Adolescentes; 9) Ley Federal de la Defensoría Pública, y 10) Ley de Ejecución de Sanciones.

b) Capacitación de los actores jurídicos. La actividad de capacitación se debe de desarrollar considerando a todos los actores jurídicos por igual, sin exclusión de función competencial o nivel gubernamental, esto es, debe comprender de manera integral a: los agentes policiales, agentes del Ministerio Público, juzgadores, secretarios de juzgado y tribunal, defensores públicos, peritos, abogados y docentes. Asimismo, debe ser enfocada en la trasmisión de los conocimientos jurídicos que vayan más allá del dominio de la expresión oral y se enfoquen en el conocimiento del sistema acusatorio garantista.

c) Dotación de recursos materiales. La dotación de recursos implica una gran tarea de planeación estratégica, en la que se requiere la intervención de los órganos de gobierno y administración de cada una de las instituciones que intervienen en el proceso penal, para efecto de establecer de manera precisa los costos fijos y de operación que se necesitarán para hacer posible su participación, por ejemplo, en el Poder Judicial, la construcción y operación de los juzgados de control, instrucción, de juicio oral, de justicia para adolescentes y de ejecución de penas.