Cuando nuestras autoridades emiten alguna nueva indicación a la ciudadanía amparados en lo que señala la ley o inclusive realizan alguna acción en nuestra contra por violentar esa ley, los ciudadanos nos preguntamos, hasta dónde tienen razón nuestros gobernantes, muchas de las veces se busca el bienestar al llevar a cabo una medida, desde luego, pero en otras desgraciadamente se convierten en medidas radicales que hacen parecer que vivimos gobernados por una persona autoritaria que genera el descontento popular, pues cualquier acción siempre debe de ser aplicada por igual para todos y además esta debe ser rodeada de alternativas que no cierren las posibilidades del gobernado.
Pero cuando se realiza la aplicación de esta medida que se convierte en disposición legal al señalar que está respaldada en la propia ley, mínimo la autoridad debe informarnos qué dice esa ley que estamos infringiendo y además aplicar ese dispositivo legal como lo señala nuestra legislación, es nuestra obligación, claro, conocer lo que dice la ley, su desconocimiento no nos exime de responsabilidad, pero sí nuestra autoridad debe ponernos esa ley a nuestro alcance.Lo anterior viene a colación con una situación que está aconteciendo en Tacámbaro, en el rubro de Tránsito y Vialidad. Cuando usted ha sido infraccionado al cometer alguna violación y el agente de tránsito le indica que va a exceso de velocidad, que está mal estacionado o va en sentido contrario, pero, ¿le enseñan el reglamento que dice que usted violó?, ¿le atienden amablemente y le informan que está cometiendo alguna infracción?, generalmente al acercársenos recibimos una fuerte llamada de atención y con un tono de molestia se nos dice que estamos cometiendo esa infracción, cuando es el propio reglamento que especifica los pasos que debe de seguir el agente de tránsito cuando esto ocurre, nunca señala que deba llamársenos la atención y peor aún desquitando todos sus problemas en ese momento, claro es cierto que existen automovilistas que en forma violenta y sin respeto se dirigen hacia ellos, pero no todos.
¿Usted conoce el reglamente de tránsito? , yo creo que difícilmente la gran mayoría de los tacambarenses lo conocemos, pues no tenemos acceso a este, o al menos en la página oficial del Gobierno municipal en el recuadro que señala que ahí se encuentran las Leyes y Reglamentos, nada más no se le encuentra por ningún lado. O ¿usted sabe de algún lugar en donde lo vendan para poderlo adquirirlo?, si lo sabe se agradeceríamos nos informara, porque un documento tan importante como este merece estar al alcance de los que vivimos en este municipio y desgraciadamente existe un grave error de omisión.
Y tan grave es no encontrar este reglamento, como grave lo es que al infraccionársenos le preguntemos al elemento de tránsito que nos enseñe lo que dice el artículo que estamos violando, sencillamente en su mayoría estos no cuentan con él, menos lo conocen.
Un gran exceso en este tenor lo encontramos en la actuación de los elementos de tránsito cuando usted circula en su motocicleta y viola alguna disposición, pues sin más le dicen que se baje y entregue su unidad, sin en ningún momento seguirse los pasos mínimos que establece este dispositivo legal, violando gravemente los derechos humanos con este tipo de abusos y eso sí, atrévase a decir que le digan que dice la ley y rápidamente se arma un fuerte dispositivo de seguridad en torno a usted como si se tratara del peor criminal con peligro inclusive de perder su libertad.
Ante la falta del reglamento de tránsito municipal de Tacámbaro que me sirviera para fundamentar este comentario, recurrí al Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Michoacán, donde en la última reforma publicada en el Periódico Oficial: 14 de marzo de 2007, segunda sección, tomo CXL, número 95. Publicado en el Periodico Oficial el el martes 31 de diciembre de 2002, segunda sección, tomo CXXIX, núm. 96, en su Capítulo Cuarto, nos habla de las Funciones de los Agentes y dice:
Artículo 53. Cuando los conductores de vehículos cometan una infracción a las disposiciones de la Ley y este Reglamento, LOS AGENTES DEBERÁN PROCEDER DE LA MANERA SIGUIENTE:
I. Indicarán al conductor que detenga la marcha de su vehículo;
II. Se identificarán con su nombre y número de placa;
III. Señalarán al conductor la infracción que cometió y le mostrarán el artículo de la Ley o el Reglamento que lo fundamenta, así como la multa que proceda por la infracción;
IV. Solicitarán al conductor la licencia de conducir y la tarjeta de circulación;
V. Si el vehículo se haya estacionado o no se encuentra persona que pueda o quiera atender el requerimiento del agente, éste elaborará la boleta de infracción con los requisitos que señala este Reglamento;
VI. Una vez efectuada la revisión de los documentos y de la situación en la que se encuentra el vehículo, si éstos no están en orden, el agente procederá a llenar la boleta de infracción, de la que extenderá una copia al interesado; …
Artículo 56. Los agentes remitirán al depósito aquellos vehículos que:
I. No cuenten con el holograma de verificación vehicular de emisiones contaminantes correspondiente al periodo de que se trate y no se pueda acreditar dicha verificación con el certificado correspondiente; o emitan humo ostensiblemente contaminante;
II. Sus placas de circulación no coincidan con la calcomanía permanente de circulación, o con los datos asentados en la tarjeta de circulación, o los datos del vehículo contenidos en la tarjeta de circulación y en las placas, no coincidan con los que aparecen en la base de datos de Control Vehicular;
III. Carecer de placas o tarjeta de circulación, o en su caso, el permiso respectivo; (En Tacámbaro muchas motocicletas de los elementos de tránsito no traen placas)
IV. No porten placas de circulación, engomados y hologramas vigentes;
V. Se encuentren abandonados en las vías públicas del Estado; y,
VI. Se encuentren estacionados en lugares prohibidos.
Luego entonces ¿porque existen casos que, aunque usted lleve sus documentos en orden y no se haya puesto el casco, o cometió alguna infracción le quieren quitar su motocicleta?, aquí está el fundamento legal que obliga a nuestra autoridad a seguir estos pasos, no se puede obligar a alguien a observar la ley si yo como autoridad no estoy cumpliendo con lo que estipula la ley, pues como lo señalábamos en Tacámbaro, algunas motocicletas de nuestros elementos de tránsito no cuentan con placas, menos con tarjeta de circulación. El buen Juez por su casa empieza. Quizás para cometer estos atropellos es que el reglamento de Transito Municipal está oculto y mientras tanto usted y yo con nuestros impuestos tenemos que pagar los más de ocho mil pesos mensuales que gana un agente de tránsito en nuestro municipio por una atención que deja mucho que desear.
Finalmente la última de las medidas absurdas que se han conocido y que entrarán en vigor en unos días es el que ya no nos podremos estacionar en dos cuadras a la redonda de la plaza principal, por el famoso asunto de ser Pueblo Mágico, pero en realidad lo establece el mejoramiento de la imagen urbana para poder establecerla nuestras autoridades como lo señala en su oficio remitido al Presidente de la Cámara de Comercio el pasado 16 de julio de 2013 por parte del Director de Seguridad Pública y Transito Municipal.
La medida puede ser buena, pero debe de ir acompañada de alternativas para los automovilistas, desgraciadamente en Tacámbaro no existen los suficientes lugares para estacionarnos, en el centro de la ciudad no existen los suficientes estacionamientos estos después de las 11 de la mañana están saturados, además ¿no bastaría con solo el área de las plazas o una cuadra a la redonda para aplicar esta medida y se pueda apreciar nuestro centro histórico que es lo que parece se pretende?.
¿Usted cree que van a aplicar esta medida en contra de las uniones de taxistas y transporte público que tienen estacionados sus vehículos en pleno centro de la ciudad y que cada día que pasa se apoderan de más espacios públicos?, la ley debe de ser pareja para todos, no puede aplicarse para unos sí y para otros no, pero bueno aquí se dice que se trabaja con honestidad y atención a la gente, y lo cierto es que ENTRE MAS CONOZCO AL HOMBRE MAS QUIERO A MI PERRO…hasta aquí mi comentario, mi correo electrónico licsebpastrana@yahoo.com o sígueme en facebook en Sebastián Pastrana Ferreira y en twitter como sebastianpastr3.