5 febrero, 2025
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Comentando la Noticia: La Reforma Financiera

Muchas de las ocasiones, las reformas que realizan en la ley nuestros gobernantes están pensadas en beneficiar a la población, lo cual en un gran porcentaje se cumple y en otras, aunque se cumpla, afecta como siempre al que menos tiene y beneficia a las cúpulas del poder, ya sea político o económico.

Lo anterior viene a colación en virtud de la reciente aprobación por parte de los líderes de los partidos políticos y nuestros gobernantes de la nueva Reforma Financiera, quienes hablan de las bondades y lo mucho que beneficiarán a México; sin embargo, como adelante lo veremos, pareciera que están siendo pensadas más en beneficiar a los dueños del dinero en México y en menor medida e inclusive pudiera ser perjudicial para los que menos tienen, pues en algunos de los apartados se habla de la figura del arraigo para deudores que no es otra cosa que la detención de personas por deudas de carácter meramente civil, atentando a lo dispuesto en el artículo 17 de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mientras que en su artículo 18 señala que sólo por delito que merezca pena privativa de libertad habrá lugar a prisión preventiva.

El sitio de ésta será distinto del que se destinare para la extinción de las penas y estarán completamente separados.

Esta Reforma financiera tiene como fin, de acuerdo a lo que señala el Gobierno de México, ampliar y abaratar la oferta de crédito en el país y que se basa en cuatro ejes: fomentar el crédito por medio de la banca de desarrollo, incrementar la competencia en el sector financiero, estimular el otorgamiento de préstamos por parte de los bancos privados y garantizar la solidez del sistema financiero en su conjunto.

La propuesta reconoce implícitamente la falta de acceso de la ciudadanía a servicios bancarios y financieros confiables y accesibles, y la necesidad de que las instituciones financieras –reconocidas en el país por una insuficiente oferta de crédito, que contrasta con el cobro de tasas de interés leoninas y de comisiones exorbitantes por el uso de sus productos y servicios– realicen el aporte que les corresponde en rubros como las inversiones productivas y los créditos inmobiliarios, de conformidad con las necesidades del país.

No obstante, en el contexto nacional presente la aprobación de medidas como las comentadas –particularmente la ampliación de la oferta de crédito por parte de los bancos privados– conlleva riesgos evidentes, empezando por la posibilidad de promover un endeudamiento poco sostenible y a la postre peligroso por la población de menores recursos, e incluso por la clase media y los pequeños empresarios.

En efecto, en las circunstancias actuales de desempleo, inestabilidad laboral y empresarial y carestía generalizada; con el telón de fondo de una política económica que se traduce en nulas perspectivas de incremento al poder adquisitivo de los salarios y en alzas gene¬ralizadas en impuestos, tarifas, productos de primera necesidad y servicios –lo que merma las actividades productivas y la creación de puestos de trabajo–, se corre el riesgo de que el otorgamiento de préstamos bancarios alegres entre la población derive en un incremento de los niveles de endeudamiento y de morosidad y, por ende, se multiplique el riesgo de inestabilidad y debacle del sistema financiero.

Es de supo¬ner que los costos de un escenario semejante serían transferidos a los propios usuarios de créditos y a la población en general, como ha ocurrido en el pasado reciente mediante intervenciones gubernamentales impresen¬tables como el Fobaproa.

Es razonable, por último, que la reforma financiera haya sido recibida con beneplácito por las instituciones bancarias y los grandes capi¬tales del país, en la medida en que serán éstos los grandes beneficiarios de una eventual multiplicación del endeudamiento de la población, pero para que tal beneficio logre dispersarse hacia los estratos más bajos de la pirámide social, es necesario crear las condiciones económicas para que las personas físicas y morales puedan hacer uso de los servicios financieros sin el peligro de colocarse, por ello, en una circunstancia de bancarrota, desahucio y confiscación.

Para ello se requiere un reordenamiento de la política económica a fin de impulsar la generación de empleos, robustecer en forma sostenida a las pequeñas y medianas empresas y al sector social de la economía, y fortalecer el poder adquisitivo de los salarios y de los ingresos de los sectores mayoritarios de la población

Sin embargo, lo preocupante de esta reforma es el privar de la libertad a los deudores, contrario a lo que señala nuestra Constitución, se señala que para facilitar el cobro de créditos financieros en caso de incumplimiento, la iniciativa de reforma financiera propone el embargo precautorio de bienes del deudor, la creación de tribunales especializados en juicios mercantiles y otorgar al acreedor más derechos, como señalar los bienes a embargar para liquidar un adeudo.

En la iniciativa se plantea modificar el Código de Comercio, la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. En el tema del embargo o aseguramiento, se propone distinguir dos conceptos: arraigo del deudor y secuestro provisional de bienes. El primero se solicitará cuando hubiese temor fundado de que el deudor se ausente u oculte, lo cual podrá probarse mediante documentos o testigos idóneos, imagine usted estar sujeto al dicho de dos personas que, con tan solo decir que el deudor pretende ausentarse, usted será privado de la libertad, así tan fácil con esta figura nada legal, que fue creada, en mi muy particular punto de vista, para violentar los más elementales derechos que tiene el hombre, su libertad y que se le ha dado un uso irracional y que lejos de desaparecerlo por lo cuestionado de esta, ahora se le dará un nuevo ámbito de acción, en materia mercantil.

Antes de cualquier reforma, nuestros legisladores deben tener cuidado al aplicar esta situación que busca, violentando la Ley, dar certeza al que más tiene al aprovecharse de la necesidad del que no puede y que trata de salir adelante, además los convenios de préstamo tan disparejos que se firman y que al final terminan ahogando más al necesitado, pues ahora no solamente perderá su dinero, sus bienes, también perderá su libertad.

Habrá quien piense y diga que para qué se pide prestado si no se podrá pagar, desgraciadamente el que tiene esta necesidad agota todos los medios y finalmente tiene que recurrir a esta práctica, pero con el paso del tiempo las circunstancias de la vida terminan por acorralarlo.

En el segundo concepto, un juez podrá conceder el secuestro provisional de bienes (embargo provisional) cuando éstos se hayan dado en garantía para un crédito y también exista el temor de que el deudor los oculte o dilapide, este pareciera una medida racional, aunque también debería de ponerse un límite y mecanismos de control para aquellas instituciones que se dedican al otorgamiento de créditos, créditos racionales y no esos que fingen apoyar con abonos chiquitos y que a la larga solo son una farsa.

En representación de su bancada de los diputados del PRD, el vicecoordinador perredista Miguel Alonso Raya, reconoció que todo aquel que solicite un préstamo tiene la indiscutible obligación de pagar, pero sin ser víctima del abuso de los bancos y despachos de cobranza como generalmente ocurre y con estas modificaciones, serán más frecuentes estas prácticas, el punto principal es el evitar los abusos en contra del usuario por parte de la banca, regulando las prácticas de usura de estos, ante los ya de por sí cada vez más vulnerables deudores de créditos… hasta aquí mi comentario, mi correo electrónico licsebpastrana@yahoo.com o sígueme en facebook en Sebastián Pastrana Ferreira y en twitter como sebastianpastr3.